NUEVAS MEDIDAS POR PANDEMIA 2021 MM
Medidas a tener en cuenta en Bogotá por ALERTA ROJA
Restricción total de la movilidad Desde el Jueves 07/01/2021 a las 11:59 pm hasta el martes
12/01/2021 a las 4:00 am.
Toque de queda nocturno desde las 8:00 pm hasta las 4:00 am desde el martes 12/01/2021
hasta el domingo 17/01/2021.
A quienes regresen de viaje extremar cuidados durante el trayecto y a la llegada.
No se tramitaran mudanzas del 08/01/2021 al 12/01/2021.
No contaremos con parqueadero para visitantes. Solo se dará ingreso por un tiempo
máximo de 15 minutos para víveres, medicamentos y residentes enfermos, del 08/01/2021 al
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MANUAL DE CONVIVENCIA
AGRUPACIÓN DE VIVIENDA MOLINOS DEL MILENIO
La convivencia, es la acción de convivir, convivir es “vivir en compañía” de otro u otros armónicamente, entendiendo que cada uno tiene un espacio que merece ser respetado, y que la dignidad humana estará por encima de cualquier otro interés.
La Ley 675 de 2001, que regula el nuevo régimen de Propiedad Horizontal, en su artículo 2, hace referencia sobre la convivencia pacífica y solidaridad social: “los reglamentos de propiedad horizontal deberán propender al establecimiento de relaciones pacíficas de cooperación y solidaridad social entre los copropietarios o tenedores”
El artículo 3, de la misma Ley señala: “El respeto de la dignidad humana, debe inspirar las actuaciones de los integrantes de los órganos de administración de la copropiedad, así como la de los copropietarios para el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la Ley”
Este Manual de Convivencia, condensa las más mínimas y elementales normas a que debe someterse cualquier comunidad o sociedad organizada, que se precie de un mínimo grado de socialización y formación académica, además del respeto por y hacía los demás, en aras de hallar la tranquilidad, solidaridad y reprocidad, tan necesarias en nuestra convulsionada sociedad.
Es necesario sensibilizarnos frente a éstas normas, y hacer que los niños, cuyos derechos constitucionales priman sobre cualquier otro, reciban de sus mayores el conocimiento de éstas, para que nunca tengamos que apelar a las sanciones legales existentes.
Para VIVIR EN COMUNIDAD, es necesario entender que no todos somos iguales, la diferencia hace que las formas de pensar y de concebir la vida no sean las misma. Se requiere acatar unas
6 Manual de Convivencia
normas mínimas basadas fundamentalmente en el respeto y la tolerancia. Nuestra agrupación de vivienda será tan agradable como lo hagamos cada uno de nosotros. Las buenas maneras será el principio de nuestra convivencia.
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Reglamento de parqueadero
❖ Parquear en lugar diferente al asignado antes de las 8:00 am y después de las 4:30 pm.
❖ Realizar arreglos mecánicos a los vehículos a menos que estén varados.
❖ Utilizar el espacio del parqueadero para actividades diferentes al parqueo de vehículos (reuniones sociales, asados ,taller de mecánica, ingerir bebidas embriagantes, entre otras)
❖ Estacionar de manera adecuada, si tiene carro y moto la moto debe estar de la parte de atrás del vehículo, de modo que si no está el carro pueda ser utilizado por otro residente en el horario de visitantes.
❖ Utilizar los vehículos como equipo de sonido o interrumpir la tranquilidad de los residentes aun en los inmuebles.
❖ Agredir física o verbalmente al personal administrativo, guardas, residentes o visitantes.
❖ Conducir dentro del conjunto a más de 10 K/h y enseñar a los demás usuarios a conducir dentro del parqueadero y las zonas comunes de la Agrupación.
❖ Cumplir oportunamente con las expensas comunes, así como respetar todas las normas del manual de convivencia, código de policía, Código nacional de tránsito y demás normas que permitan la sana convivencia dentro del conjunto.
❖ El uso del parqueadero es personal e intransferible, no se puede prestar el parqueadero.
❖ El copropietario debe informar por escrito a la administración, todo cambio de vehículo y/o motocicleta autorizado para ingresar, precisando número de placa, marca y color.
❖ En caso de falsificación y/o alteración de documentos, se sancionara hasta por dos periodos y se realizaran las denuncias respectivas.
❖ En caso de ocasionar daño a otro vehículo se debe subsanar, de no realizarlo será causal de salida inmediata de la zona de parqueadero hasta por dos periodos y/o hasta que se solucione.
❖ En caso de tener un vehículo con condiciones especiales, deberá acomodarse al parqueadero asignado, de no poder realizarlo o no estar de acuerdo, no se realizara reasignación de parqueadero.
Igualmente, por su seguridad y la de los guardas todo baúl será revisado tanto al ingreso como a la salida del conjunto, y las personas usuarias de las motos deberán retirarse el casco tanto para el ingreso como para la salida del conjunto por su seguridad.
El recibo del presente queda como prueba y aceptación de la sanción y suspensión del servicio del parqueadero hasta por dos periodos de rotación en caso de incumplir lo normado sin necesidad de segundo requerimiento, y/o en la primera infracción.
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